Condenado a 7.692 euros por atropellar a un peatón que circulaba en un carril-bici
La Audiencia Provincial de Álava ha ratificado la sentencia que condenaba a un ciclista a indemnizar con 7.692€ a un viandante que atropelló cuando éste caminaba por uno de los carriles bicis de la ciudad de Vitoria.
Según los hechos probados en la resolución, el peatón caminaba por el carril bici habilitado, que se encontraba debidamente señalizado con rayas intermitentes pintadas en el suelo. Sin embargo, este peatón fue atropellado por la espalda por el ciclista que circulaba por ese mismo carril bici. Como consecuencia del impacto, el peatón estuvo un total 222 días de baja.
La Audiencia Provincial de Álava señala en la Sentencia que la actual ordenanza de la ciudad de Vitoria que regula estas vías especiales no otorga prioridad a los ciclistas sobre los peatones, y que, además, la persona que iba en bici circulaba "sin el debido cuidado". Efectivamente, la ordenanza municipal además indica que las bicicletas deben circular con precaución ante una posible irrupción de personas, respetando la prioridad de paso de los peatones en los cruces señalizados, pudiendo circular por los carriles especiales para ellos o por la calzada. Así, la Sentencia ha considerado acreditado que el ciclista circulaba sin la debida diligencia y que a pesar de que existía suficiente visibilidad y señalización apropiada del carril, el ciclista debe indemnizar a la víctima con 7.692€.
Esta resolución encaja con linea que ha seguido en varias ocasiones la Dirección General de Tráfico, que recuerda que en esos casos debe protegerse al más vulnerable en la circulación, es decir, al peatón. Sin embargo, deberemos comprobar la normativa propia de nuestra ciudad. En este sentido destaca la diferenciación que ofrecen algunas ordenanzas municipales, entre ellas la de la Comunidad de Madrid, en función de los distintos tipos de vías para la circulación de bicicletas.
"En las aceras-bici, los peatones tendrán siempre preferencia de paso para atravesarlas transversalmente, debiendo el ciclista, en todo caso, adaptar su velocidad para que los peatones que hayan iniciado el cruce puedan completarlo con seguridad. En cualquier caso, los peatones deberán cerciorarse de que la distancia y velocidad de las bicicletas que se aproximen les permitan cruzar con seguridad.
En los carriles-bici, la prioridad de paso es de las bicicletas, solo se podrán atravesar transversalmente y preferentemente por los pasos de peatones señalizados al efecto".
*Ordenanza Municipal de de Movilidad para la Ciudad de Madrid 26/09/2005