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Cesión de datos por las teleoperadoras

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en adelante TJUE, resolvió, a principios de 2017, una cuestión prejudicial que versaba sobre la cesión de datos de los clientes de empresas que prestaban los servicios de telecomunicaciones, a compañías de servicios de información sobre números telefónicos.


El TJUE dictaminó que esta cesión es viable, a pesar de que las empresas estén radicadas en países miembro diferentes. Además, determinó que no es necesario que se recabe un ''segundo'' consentimiento expreso de los implicados, si es que ya habían realizado uno previamente con la primera empresa. El tribunal considera que no se está vulnerando el derecho a la protección de los datos personales, siempre que el primer consentimiento sea válido.


No obstante, nos preguntamos cómo encajará esta decisión con el nuevo Reglamento europeo de Protección de Datos, que exige un consentimiento expreso para cada una de las cesiones de datos

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