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Seguridad vial: protección de ciclistas y peatones

La Proposición de Ley Orgánica defendida por asociaciones y colectivos de víctimas, registrada el 22 de junio en el Congreso de los Diputados, propone modificar el Código Penal en materia de Seguridad vial. Dicha Proposición, introduce tres supuestos en la calificación de imprudencia grave, permite aumentar la pena aplicada a este tipo de conductas y regula el delito de abandono del lugar del accidente.


En primer lugar, considera que se debe calificar como imprudencia grave toda conducción que atente contra la integridad de las personas, sin valorar las circunstancias concurrentes del hecho, cuando tenga lugar:

  • a) un delito contra la seguridad vial por exceso de velocidad

  • b) un delito bajo la influencia de drogas o alcohol.

Por el momento, el juez valoraba si la imprudencia había sido grave, menos grave o leve de acuerdo con las circunstancias del hecho punible.


En segundo lugar, propone elevar la pena por encima del máximo actual en los casos de imprudencias graves de resultado con varias víctimas.


En tercer lugar, la Proposición introduce también la eliminación de una de las reglas básicas que rigen en el Código Penal actual, mediante la cual, cuando un conductor comete un delito contra la seguridad vial que además produce resultados lesivos o muerte, solo es castigado por la infracción más grave. La reforme permitiría que todas las infracciones del conductor puedan ser sancionadas de forma independiente.


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