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Derechos de autor. Día internacional del libro


El día 23 de abril es un día clave en la literatura mundial, sin embargo, hoy más que nunca no podemos olvidar el padecimiento que sufre el sector literario y artístico.


Los derechos de autor son aquellos que ostentan los creadores sobre sus obras. El titular de estos derechos suele coincidir con el autor del trabajo, es decir, el autor. En el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, se considera autor a ''la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica”. La condición de autor es irrenunciable, y además no puede transmitirse inter vivos ni mortis causa, no se extingue con el transcurso del tiempo y tampoco entra en el dominio público, ni no prescribe.


En caso de vulneración de estos derechos, el autor puede instar el cese de la actividad ilícita del infractor, puede solicitar una indemnización por los daños materiales y morales causados, y a su vez puede solicitar la adopción de medidas cautelares. El Código Penal recoge el delito contra la propiedad intelectual en los artículos 270, 272 y 274, "quién con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria artística o científica o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios".






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